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  • ¿Se requiere aplicación para poder acceder a Suite Legal con certeza?
    Nuestra herramienta está diseñada para que puedas acceder a ellas, a través de cualquier dispositivo con navegador y acceso a internet, sin necesidad de instalar un software
  • ¿Qué es un documento electrónico?
    También conocido como mensaje de datos, es la información generada, enviada, recibida o archivada por medios electrónicos, ópticos o cualquier otra tecnología, ya sea que haya generado en electrónico o éste sea resultado de su digitalización.
  • ¿Qué es un hash?
    Es el código único que identifica el contenido del documento. (ejemplo: sha256).
  • ¿Qué es un Prestador de Servicios de Certificación (PSC)?
    Es un ente autorizado por la Secretaría de Economía para emitir certificados digitales de firma electrónica avanzada, sellos digitales de tiempo, constancias de conservación de mensajes de datos, de conformidad con la NOM-151 y el Código de Comercio e inclusive ser un Tercero Legalmente Autorizado.
  • ¿Qué es un Tercero Legalmente Autorizado (TLA)?
    El TLA es un PSC que controla el proceso de digitalización, siendo responsable de verificar que la migración del documento físico a electrónico se realizó de manera íntegra e inalterada.
  • ¿Qué es la infraestructura de llave pública (PKI)?
    Son los recursos de hardware y software empleados para la generación de la firma electrónica avanzada.
  • ¿Qué es un contrato electrónico?
    Es un acuerdo de voluntades cuya formalización se realiza mediante el uso de medios electrónicos.
  • ¿Qué es una firma electrónica o firma digital?
    Son los datos electrónicos consignados en un mensaje de datos para identificar al firmante y manifestar su consentimiento respecto del contenido de un documento electrónico, a través de medios electrónicos, ópticos o cualquier otra tecnología. Cualquier tipo de firma electrónica es legalmente válida, pero será menos vulnerable en la medida que cuente con elementos de seguridad tecnológica y de vinculación con el generador de esta.
  • ¿Cuántos tipos de firmas electrónicas existen?
    De acuerdo con la normatividad mexicana, existen dos tipos de firmas electrónicas, dependiendo de la forma en que fueron creadas y de los elementos de vinculación entre el sujeto y la firma: • Firmas electrónicas simples. • Firmas electrónicas avanzadas.
  • ¿Qué es una firma electrónica simple?
    Es el conjunto de datos que una persona genera utilizando medios tecnológicos para manifestar su consentimiento respecto del contenido de un documento, también es conocida como firma autógrafa digital.
  • ¿Qué es una firma electrónica avanzada?
    Es el conjunto de datos y caracteres que permite la identificación del firmante, que ha sido creada por medios electrónicos, de acuerdo con los estándares de infraestructura de llave pública (Public Key Infrastructure), bajo su exclusivo control, de manera que está vinculada únicamente al mismo (previa identificación y toma de datos biométricos, entre otros). En Suite Legal con certeza es posible utilizar la e.firma emitida por el SAT y la firma electrónica avanzada emitida por PSC World, cabe destacar que al usar este tipo de firma la misma se vuelve irrefutable.
  • ¿Qué tipos de documentos se pueden firmar electrónica/digitalmente?
    No existen excepciones de cuales documentos puedes o no firmar, realmente lo puedes utilizar para cualquiera, desde contratos de arrendamiento, contratos de adhesión, contratos de prestación de servicios, reglamentos, memorandos, contratos de compraventa, contratos laborales, recetas médicas, hasta recibos de nómina, etc. Al utilizar Suite Legal con certeza tendrás la seguridad de que todos los documentos firmados en la plataforma tienen valor legal.
  • ¿Los documentos electrónicos tienen validez legal?
    Sí, el Código de Comercio otorga validez a los documentos electrónicos, siempre y cuando se cumpla con que establece la Norma Oficial Mexicana NOM-151.
  • ¿Qué disposiciones normativas regulan a los documentos electrónicos?
    Las disposiciones son: • Código de Comercio. • Código Civil Federal. • Código Federal de Procedimientos Civiles. • Norma Oficial Mexicana NOM-151.
  • ¿Qué es la Norma Oficial Mexicana NOM-151?
    Es una Norma Oficial Mexicana que establece los lineamientos jurídicos y tecnológicos que deben cumplirse para la conservación de los documentos electrónicos, ya sea que se hayan generado en electrónico o hayan sido digitalizados, entre los que se encuentran la emisión de constancias de conservación.
  • ¿Cómo se demuestra que un documento electrónico no ha sido modificado?
    La forma de demostrar que un documento electrónico no ha sido alterado es comparando su hash, contra el hash integrado en la constancia de conservación emitida por el Prestador de Servicios de Certificación; si ambos valores son idénticos, se puede asumir que el documento electrónico no ha sido alterado, en principio desde la fecha de emisión de la constancia; en caso contrario, la conclusión en consecuencia es que el hash no corresponde al documento electrónico o el contenido del archivo fue modificado.
  • ¿Los documentos electrónicos digitalizados pueden suplir a los originales en papel?
    Sí, siempre y cuando la naturaleza del documento lo permita, se cumpla con lo dispuesto en la NOM-151 y las políticas internas de la organización lo contemplen.
  • ¿Qué es una constancia de conservación?
    Es un mensaje de datos emitido por un Prestador de Servicios de Certificación, acreditado por la Secretaría de Economía. Dicho mensaje de datos evidencia el momento en que inicia la conservación de un documento electrónico, en su versión final.
  • ¿Qué es un sello digital de tiempo?
    Es un mensaje de datos emitido por un Prestador de Servicios de Certificación, acreditado por la Secretaría de Economía. Dicho mensaje de datos evidencia el momento en que inicia la conservación de un documento electrónico, sin ser versión final. Ejemplo: procesos o información electrónicos parcialmente integrados.
  • ¿Qué diferencia hay entre una constancia de conservación y un sello digital de tiempo?
    La constancia de conservación evidencia la integridad de un documento electrónico en su versión final, mientras que el sello digital de tiempo evidencia un evento en el proceso de creación de un documento electrónico.
  • ¿Las constancias de conservación de la NOM-151 tienen validez fuera del territorio mexicano?
    Sí, la emisión de constancias de la NOM-151 está basada en estándares internacionales de conservación de mensajes de datos y se consideran como evidencia de integridad de documentos electrónicos en legislaciones de otros países o comunidades económicas, como la de Canadá, Estados Unidos, Unión Europea, entre otros.
  • ¿Qué necesito para obtener constancias de conservación de mis documentos electrónicos?
    Entre los servicios, soluciones y productos que ofrece CDO se incluyen la emisión de constancias de conservación. Contáctanos para ofrecerte la opción que mejor se adecue a tus necesidades.
  • ¿Las constancias de conservación tienen vigencia?
    Sí, las constancias de conservación tienen vigencia de diez años a partir de su emisión.
  • ¿Qué disposiciones normativas regulan los contratos electrónicos?
    • Código de Comercio. • Código Civil Federal.
  • ¿Un contrato electrónico tiene validez legal?
    Sí. De acuerdo con el Código de Comercio y el Código Civil, el uso de medios electrónicos, ópticos o de cualquier otra tecnología, puede utilizarse en la manifestación de la voluntad de las partes, de manera que tienen validez legal y quedarán perfeccionados desde que se reciba la aceptación de la propuesta o las condiciones con que ésta fuere modificada.
  • ¿Se puede presentar un contrato firmado en electrónico como prueba en un juicio?
    Sí, el Código Federal de Procedimientos Civiles reconoce como prueba la información generada o comunicada que conste en medios electrónicos, ópticos o en cualquier otra tecnología; en el entendido que, para valorar su fuerza probatoria, se estimará (i) la fiabilidad del método en que haya sido generada, comunicada, recibida o archivada; (ii), la posibilidad de atribuir a las personas obligadas el contenido de la información relativa; (iii) la accesibilidad para su ulterior consulta.
  • ¿Cómo se otorga fecha cierta a un documento privado?
    Un documento privado que deba presentarse ante la autoridad fiscal para efectos de comprobación se considerará con “fecha cierta” cuando cumpla alguno de los requisitos siguientes: 1. Cuando se inscriba en el Registro Público de la Propiedad; 2. A partir de la fecha en que se presente ante un fedatario público; o 3. A partir de la muerte de cualquiera de los firmantes. Lo anterior con la finalidad de otorgar eficacia probatoria a los documentos privados y evitar actos fraudulentos o dolosos en perjuicio de terceras personas. En Suite Legal con certeza, se otorga fecha cierta ante fedatario público por medios electrónicos.
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